LÍNEA 1: Desarrollar inventarios y registros del patrimonio cultural de acuerdo con la metodología establecida por el Ministerio de Cultura.
LÍNEA 2: Desarrollar Programas relacionados con la difusión del patrimonio cultural por medio de campañas de prevención, sensibilización, educación y formación de la comunidad.
LÍNEA 3: Apoyar la formulación y ejecución de los Planes Especiales de Manejo y Protección –PEMP.
LÍNEA 4: Incentivar la formulación y puesta en marcha de Planes Especiales de Salvaguardia de manifestaciones del patrimonio Cultural inmaterial incluidas en la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial.
LÍNEA 5: Desarrollar actividades relacionadas con la conservación, el mantenimiento periódico y la intervención de bienes de interés cultural.
LÍNEA 6: Fortalecer los museos, archivos, bibliotecas patrimoniales y/o centros de memoria a nivel local, en lo referente a escritura de guiones museográficos y mejoramiento de dotación y programación.
LÍNEA 7: Programas Culturales y Artísticos de Gestores Culturales con Discapacidad.
LINEA 8: Actividades culturales y artísticas declaradas como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad por la UNESCO (50%) “Artículo 72, Ley 1607 de 2012”.